Al Gobernador de Filipinas, que informe por qué ha innovado la costumbre que había en poner persona que asistiesen a la carga de las naos y que en el ínterin no haga novedad. 1641,1707.

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Al gobernador de Filipinas [que] informe por qué ha innovado la costumbre que había en poner persona que asistiesen a la carga de las naos y que en el ínterin no haga novedad.

El rey: Don Sebastián Hurtado de Corcuera caballero de la orden de Alcántara, mi gobernador y capitán general de las islas Filipinas, y presidente de mi audiencia real de ella, o a la persona, o personas a cuyo cargo fuere su gobierno. En carta de veinte de agosto de mil seiscientos treinta y nueve me ha escrito esa ciudad de Manila [que] habíais alterado la orden que de muchos años a esta parte se había guardado y tenido en la asistencia de las personas que se ponen para que tengan cuenta de lo que se carga en las naos que desde esas islas navegan a la Nueva España que en lo general había sido nombrar mi gobernador un alcalde ordinario [y] dos regidores con otras cinco personas republicanas de toda satisfacción, las seis de ellas con un escribano para que asistiesen a boca de escotilla y tuviesen la cuenta de lo que se metía con el ajustamiento de las [pólizas] y los dos restantes para que asistiesen en el arrumaje de los cajones y fardos, y que de no observarse esto reciben gran perjuicio y se contraviene a las ordenes que están dadas y siempre sean guardado. Suplicándome fuese servido de mandar no se haga

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novedad y se guarde la forma que en esto sea acostumbrado = Y habiéndose visto en mi consejo real de las Indias he tenido por bien de dar la presente: por la cual os mando me informéis lo que en esto sea observado por lo pasado, qué causa y razón [embistéis] para alterarlo e innovarlo. Y en el entretanto que lo hacéis y yo resuelvo lo que conviniere en la materia guardaréis la costumbre antigua que en esto ha habido. Y procuraréis tener muy consolados a los vecinos de esta ciudad [sobrellevándolos] y alentándolos cuanto fuere posible, que en ello me tendré por bien servido. Hecha en Madrid a veintiocho de agosto de mil seiscientos y cuarenta y uno = Yo el rey= Por mandado del rey nuestro señor= Juan Baptista Saenz Navarrete.= Al pie de esta real cédula están cinco rúbricas. Al parecer son de los señores del supremo consejo de las Indias. Yo el General Don Benito Carrasco que lo soy actual de las reales galeras que su majestad (que Dios guarde) tiene en estas islas para su guardia y custodia y escribano mayor en propiedad del cabildo y ayuntamiento de esta nobilísima ciudad de Manila y su diputación con

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voz y voto de privilegio en él, en virtud de un acuerdo celebrado el día trece de agosto del año pasado de mil setecientos y cinco por los muy ilustres señores de ciudad que se halla a hojas sesenta y cuatro a sesenta y cinco de libro número treinta y siete hice sacar y saqué este traslado de la real cédula arriba inserta que está en el libro tercero de cédulas reales en el archivo de mi cargo y va cierto y verdadero, corregido y concertado con su original en virtud del mandato de dicha ciudad. Siendo testigos Ignacio Álvarez, Simeón de Mercado, y Pascual Casinag presentes a ocho de enero de este presente año de mil setecientos y siete.

Benito Carrasco

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[EE]

Don Antonio López

[Amigo]

[Amigo querido y dueño mío]

[An.o López]

[Amigo]

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