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y hagáis guardar y cumplir lo contenido
en las cédulas, que sobre esto están dadas.
Y que, no lo haciendo, se os ponga por capítulo
de residencia. Hecha en Madrid
a veinte de mayo de mil y
seiscientos y veinte años
. Yo el rey,
por mandado del rey nuestro señor.
Pedro de Ledesma. Al pie de esta real
cédula está una rúbrica, y atrás de esta real
cédula están cinco rúbricas. Al parecer
son de los señores del supremo consejo de las
Indias
.

Yo, el General Don Benito Carrasco, que lo soy
actual de las reales galeras, que su majestad (que
Dios guarde) tiene en estas islas para su guardia
y custodia, y escribano mayor en propiedad del cabildo y
ayuntamiento de esta nobilísima ciudad de Manila y su
diputación con voz y voto de privilegio en él, en virtud
de un acuerdo celebrado el día trece de agosto del año pasado
de mil setecientos y cinco
por los muy ilustres señores de ciudad
que se halla a fojas sesenta y cuatro a sesenta y cinco
de libro número treinta y siete, hice sacar y saqué este
traslado de la real cédula arriba inserta que está en el
libro tercero de cédulas reales en el archivo de mi cargo, y
va cierto y verdadero, corregido y concertado con su original
en virtud del mandato de dicha ciudad. Siendo testigos Ignacio
Álvarez
, Simeón de Mercado y Pascual Casinag,
presentes a ocho de enero de este presente año de mil setecientos
y siete
.

Benito Carrasco

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