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el provincial le contradiga, o impida, manifiestamente
algún sujeto: pero no se mueva por poco y sin gran
fundamento por sólo hablillas sino trague y disimule
no siendo muy grave, y manifiesto el
daño.
Luego que la carta llegue del pretendiente si ya
lo conoce, y ha comunicado con él podrá admitirlo
y pedirle la firma: mas si no lo conoce
muy bien, de palabra o por escrito podrá responderle
en esta sustancia. Que lo mire bien y encomiende
a Dios, que no intenta menos que desterrarse
de su patria, y por mares, peligros y trabajos
ir a una tierra que no conoce, y empleos que quizás
no le agradaran. Que si es vocación de Dios, y
se halla con impulsos de ocuparse en procurar
la salvación de las almas por agradarle, y no
más su majestad le confortará, y al fin de la carrera
le coronará: mas si intenta el viaje
por otros fines menos perfectos y sin vocación de
Dios, que va errado, y busca su perdición: que el comisario
desea llevar religiosos más quiere lleven el dicho fin
y vocación, y que así no puede dejar de hacerle esta
amigable amonestación y si después de haberla considerado,
y puesto en manos de Dios se halla con los
mismos impulsos le envíe la firma trasladando
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