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a lo mucho que conviene la conservación
y aumento del comercio a las islas Filipinas
y el alivio y buen tratamiento a la gente
de mar y guerra que viene de ellas, he
tenido por bien dar la presente. Por la cual os mando
veáis la cédula en esta inserta y la hagáis
guardar y cumplir y ejecutar sin contravenir
a ella en manera alguna dando las ordenes
que convengan a los ministros que asisten
en el puerto de Acapulco para que
luego que lleguen a él, las naos de Filipinas
dispongan la descarga sin detención como
se hacía antes del año de mil seiscientos
treinta y cuatro
atendiendo al alivio
del comercio y buen tratamiento de los
marineros sin que se permite extorsión alguna
ni que se vuelva al consejo semejantes quejas
que así procede de mi voluntad y conviene
a mi servicio. Hecha en Madrid
a treinta y uno de diciembre de mil seiscientos
sesenta y siete
= Yo el rey=
Por mandado del rey nuestro señor=
Joseph de Veitia Linage=
Al pie de esta real cédula está una
rúbrica; y atrás están cuatro rúbricas
al parecer son de los señores del consejo
de las Indias
.
Yo el General Don Benito Carrasco que
lo soy actual de las reales galeras que
su majestad (que Dios guarde) tiene
en estas islas para su guardia y

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