A Digital Repatriation of a Lost archive of the Spanish Pacific: The Library of The Convent of San Pablo (Manila, 1762)

Pages That Mention 1638-8-12

Al Gobernador de Filipinas, que guarde y ejecute precisamente las cédulas aquí insertas acerca del repartimiento de las toneladas de los vecinos de aquellas islas. 1604, 1707.

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126 mí gobernador y a los que adelante le su se dieren que guarden y cumplan y la hagan guardar y cumplir la dicha mi carta aquí inserta y las cédulas que están dadas en razón del repartimiento de las dichas toneladas sin ir ni pasar contra su [señor] y forma en manera alguna. Fecha en Madrid a ocho de diciembre de mil seiscientos y treinta y ocho años = Yo el Rey. Por mandado del Rey nuestro Señor = Don Gabriel de Ocaña y Alarcón = Y agora en capítulo de carta que la Ciudad de Manila me escribió en dos de Agosto de seiscientos y treinta y ocho: Dice, que por el tercer capítulo de la que en veinte y siete de junio de seiscientos, y treinta y seis me escribió se medio cuenta de como por cédulas libradas por los reyes mis señores padre y ágüelo (que santa gloria hayan) y por mí se les hizo merced a los vecinos de aquellas islas de diferentes gracias para su mayor aumento y conservación, y que una de ellas es que gocen de cuatro cientos toneladas de carga en las dos naos, que por [quintaría] navegan cada año a la Nueva España disponiendo en ellas para que nadie sea agraviado en esta merced la forma de su repartimiento para su mayor justificación y que sea y se haga por el gobernador, arzobispo, oidor mas antiguo, dos regidores

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