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2 revisions | emmalb at Nov 08, 2024 12:54 PM 10en tal caso. El gobierno se prestó con
cuanto estuvo en sus facultades, hasta
poner á disposicion del sr. presidente
de la junta, fuerza armada para que
usase de ella segun y cuando le pare-
ciese oportuno.
Obtenido este recurso, se vuelve
á reconvenir por una y otra vez á los
ausentes, que nada contestan. En-
tretanto, llega el término que la ley
pone á las sesiones de la junta, y se
retira dejando pendientes las propues-
tas de sub-prefectos para la mayor
parte de las provincias del departa-
mento, la resolucion sobre las últimas
elecciones municipales de Lea(?), que
deberia tener intima trascendencia en
las de diputados á la Convencion, y
otros varios espedientes, por cuya para-
lizacion esperimentará el servicio pú-
blico entorpecimientos y perjuicios con-
siderables.
Si á unos hechos tan positivos como
reprensibles añadimos otros menos satis-
factorios aun, consignados abundante-
mente en la historia de estas corporacio-
nes, quedarán resueltos sin violencia al-
gunos problemas que vamos á esponer, en
el concepto de hallarnos en la época
precisa en que todos nuestros yerros, en
materia de organización política pue-
den y deben correjírse.
¿La institución de las juntas de-
partamentales ha correspondido al obje-
to saludable, que los legisladores se pro-
pusieron para establecerla en nuestra
carta?-¿Cuales son los bienes que han
procurado estas al país? ¿Será conveni-
ente, será justo encomendar el desempe-
ño de atribuciones esenciales à la con-
servación del regimen legal, á unas cor-
poraciones cuyos individuos pueden tan
impunemente menospreciar sus deberes,
burlarse de las autoridades, y comprome-
ter la marcha de los negocios públicos, à
un sin número de irregularidades y em-
barazos?—¿ Podrá soportar el peso gra-
vísimo de su responsabilidad el Jefe de
la administración, partiendo de ellas y
en su orijen, el nombramiento de mu-
chos de los principales ajentes de su
autoridad, y de los que han de traba-
jar con él en la obra inmensa de man-
tener ileso, en toda la estension de la
república, el orden constitucional?
La solución de estas cuestiones
nos parece hallarla muy obvia y muy sen-
cilla en la conciencia de los mismos
pueblos, que en materia de propia fe
licidad no se alucinan ni se engañan
facilmente. Ya los espíritus no se man-
tienen con convinaciones ingeniosas y
brillantes, si ellas son inadaptables.Los
hombres han llegado á sentir, á fuerza de
desea años, la necesidad de no pagarse si
no de lo substancial y positivo. Pregun-
tese, pues, á los habitantes de nuestros
departamentos, á los humildes moradores
de las provincias ¿que bienes han repor-
tado de los trabajos de las juntes depar-
tamentales, y de los sacrificios que han
hecho para sustentar á los individuos que
las componen? pregúnteseles—¿cuan-
to habrán tenido que sufrir y que penar,
por falta de las disposiciones y cualida-
des necesarias en varios de los funciona-
rios, que los han gobernado immedia-
mente, y á quienes ha sido forzoso el nom-
brar por haberlos propuesto dichas
juntas, y no poder el ejecutivo separarse
de las ternas que estas le presentan?
Ya lo hemos dicho en otro nume-
ro; -el gobierno és una maquina com-
puesta de infinidad de ágentes, á los
cuales da acción una potencia superior.
Si aquellos no dependen enteramente
de esta, si no se le deja en plena
libertad para escoger los que considere
mas aptos para llenar los fines que la
nación se propone, en vez de haber con-
cierto y harmonia en el estado, se en-
torpecerán sus resortes recibiendo impul-
sos opuestos y encontrados. Sujeto el
gobierno, en la elección de sus coope-
radores á las ternas que forman las
juntas departamentales se le reduce, mas
de una vez, al triste y duro compromi-
so de haber de nombrar forzosamente
individuos, que después de investidos de
una parte de su autoridad, enervan y
frustran sus providencias, comprometen
su reponsabilidad, y al fin viene á pa-
decerlo todo su reputación y su con-
cepto.
Una practica que á pesar de las
miras beneficas con que la instituye-
ron sus respetables autores, parece estar
repobada por la razon y la esperiencia,
puede por bien de los pueblos, desa-
parecer en la reforma proxima de nues-
tra constitucion. Asi debe esperar-
se del patriotismo, sana intencion y lu-
ces eminentes que brillan en la Conven-
cion, cuyos miembros contrahidos en-
teramente al unico y esclusivo objeto
de su mision, estan dando pruebas
de que no aspiran á mas, que á
eterenizar en su obra los elemntos de
nuestra felicidad.
IMPRENTA DEL ESTADO POR J.M. DEL CASTILLO
en tal caso. El gobierno se prestó con Obtenido este recurso, se vuelve Si á unos hechos tan positivos como ¿La institución de las juntas de- La solución de estas cuestiones facilmente. Ya los espíritus no se man- Ya lo hemos dicho en otro nume- Una practica que á pesar de las IMPRENTA DEL ESTADO POR J.M. DEL CASTILLO 10en tal caso. El gobierno se prestó con
cuanto estuvo en sus facultades, hasta
poner á disposicion del sr. presidente
de la junta, fuerza armada para que
usase de ella segun y cuando le pare-
ciese oportuno.
Obtenido este recurso, se vuelve
á reconvenir por una y otra vez á los
ausentes, que nada contestan. En-
tretanto, llega el término que la ley
pone á las sesiones de la junta, y se
retira dejando pendientes las propues-
tas de sub-prefectos para la mayor
parte de las provincias del departa-
mento, la resolucion sobre las últimas
elecciones municipales de Lea(?), que
deberia tener intima trascendencia en
las de diputados á la Convencion, y
otros varios espedientes, por cuya para-
lizacion esperimentará el servicio pú-
blico entorpecimientos y perjuicios con-
siderables.
Si á unos hechos tan positivos como
reprensibles añadimos otros menos satis-
factorios aun, consignados abundante-
mente en la historia de estas corporacio-
nes, quedarán resueltos sin violencia al-
gunos problemas que vamos á esponer, en
el concepto de hallarnos en la época
precisa en que todos nuestros yerros, en
materia de organización política pue-
den y deben correjírse.
¿La institución de las juntas de-
partamentales ha correspondido al obje-
to saludable, que los legisladores se pro-
pusieron para establecerla en nuestra
carta?-¿Cuales son los bienes que han
procurado estas al país? ¿Será conveni-
ente, será justo encomendar el desempe-
ño de atribuciones esenciales à la con-
servación del regimen legal, á unas cor-
poraciones cuyos individuos pueden tan
impunemente menospreciar sus deberes,
burlarse de las autoridades, y comprome-
ter la marcha de los negocios públicos, à
un sin número de irregularidades y em-
barazos?—¿ Podrá soportar el peso gra-
vísimo de su responsabilidad el Jefe de
la administración, partiendo de ellas y
en su orijen, el nombramiento de mu-
chos de los principales ajentes de su
autoridad, y de los que han de traba-
jar con él en la obra inmensa de man-
tener ileso, en toda la estension de la
república, el orden constitucional?
La solución de estas cuestiones
nos parece hallarla muy obvia y muy sen-
cilla en la conciencia de los mismos
pueblos, que en materia de propia fe
licidad no se alucinan ni se engañan
facilmente. Ya los espíritus no se man-
tienen con convinaciones ingeniosas y
brillantes, si ellas son inadaptables.Los
hombres han llegado á sentir, á fuerza de
desea años, la necesidad de no pagarse si
no de lo substancial y positivo. Pregun-
tese, pues, á los habitantes de nuestros
departamentos, á los humildes moradores
de las provincias ¿que bienes han repor-
tado de los trabajos de las juntes depar-
tamentales, y de los sacrificios que han
hecho para sustentar á los individuos que
las componen? pregúnteseles—¿cuan-
to habrán tenido que sufrir y que penar,
por falta de las disposiciones y cualida-
des necesarias en varios de los funciona-
rios, que los han gobernado immedia-
mente, y á quienes ha sido forzoso el nom-
brar por haberlos propuesto dichas
juntas, y no poder el ejecutivo separarse
de las ternas que estas le presentan?
Ya lo hemos dicho en otro nume-
ro; -el gobierno és una maquina com-
puesta de infinidad de ágentes, á los
cuales da acción una potencia superior.
Si aquellos no dependen enteramente
de esta, si no se le deja en plena
libertad para escoger los que considere
mas aptos para llenar los fines que la
nación se propone, en vez de haber con-
cierto y harmonia en el estado, se en-
torpecerán sus resortes recibiendo impul-
sos opuestos y encontrados. Sujeto el
gobierno, en la elección de sus coope-
radores á las ternas que forman las
juntas departamentales se le reduce, mas
de una vez, al triste y duro compromi-
so de haber de nombrar forzosamente
individuos, que después de investidos de
una parte de su autoridad, enervan y
frustran sus providencias, comprometen
su reponsabilidad, y al fin viene á pa-
decerlo todo su reputación y su con-
cepto.
Una practica que á pesar de las
miras beneficas con que la instituye-
ron sus respetables autores, parece estar
repobada por la razon y la esperiencia,
puede por bien de los pueblos, desa-
parecer en la reforma proxima de nues-
tra constitucion. Asi debe esperar-
se del patriotismo, sana intencion y lu-
ces eminentes que brillan en la Conven-
cion, cuyos miembros contrahidos en-
teramente al unico y esclusivo objeto
de su mision, estan dando pruebas
de que no aspiran á mas, que á
eterenizar en su obra los elemntos de
nuestra felicidad.
IMPRENTA DEL ESTADO POR J.M. DEL CASTILLO
en tal caso. El gobierno se prestó con Obtenido este recurso, se vuelve Si á unos hechos tan positivos como ¿La institución de las juntas de- La solución de estas cuestiones facilmente. Ya los espíritus no se man- Ya lo hemos dicho en otro nume- Una practica que á pesar de las IMPRENTA DEL ESTADO POR J.M. DEL CASTILLO |