El Constitucional de Puno

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EL CONSTITUCIONAL DE PUNO

TM. -2. ® NUM. 40. -------------------------------------------- El hombre de bien ha de mostrar un pecho tierno, y un alma elevada; y el amante de la especie humana no ha de incensar á los opresores de ella. |NOTA - Este Periódico se publicará el sãbado de cada semana: su precio un real. Se admiten suscripciones, pagando adelantado el semestre á razon de 4 reales por mes. Los SS que quieran suscribirse, ocurrirán á esta imprenta. Se venden números sueltos á real en la tienda del Sr. Rodrigues. ------------------------------------------------------------------------------------------ SABADO 22 DE AGOSTO DE 1840. _________________________________________________________ ARTICULOS DE OFICIO ----------------------------------

El Presidente de la Republica. Al Congreso Jeneral. (Conclusion al numero anterior)

Un prodijio de tanta magnitud como el de la restauracion, es que se haya podido realizarse sin acrecer la deuda externa, sin impuestos extraordinarios, y sin causar un fuerte estrago sobre la renta pública. La suma que aun se adeuda por suledo al ejército auxiliar de Chile, está linquidandose, y será sin duda oportunamente satisfecha. Se acerca el tiempo en que el Gobierno pueda presentar el presupuesto jeneral al cuerpo destinado por la lei para su aprobacion. El comercio esta vivificado por todo jénero de franquicias; y un nuevo reglamento, para el me autorizásteis, con ciliará su libertad con el fomento de la industria nacional, que ya ha recibido nuevo impulso con la lei de navegacion que el Gobierno dictó ántes de que diéseis la Constitucion, y tuvísteis á bien aprobar. Nuestras relaciones con el resto del mundo no se han resentido por nuestro sacudimiento político, y estamos actualmente en paz con todo el mundo. Los auxiliares jenerosos, que condujeron desde Chiles sus estandartes vengadores, sombreando con ellos á ilustres proscriptos fr la Patria, han regresado ufanos y contentos, llevando nuestro abrazo un recuerdo de las glorias comunes Bolivia ofrecía á nuestro jóven ejército un campo de nuevas hazañas, y todos los alicientes del jenio militar: sucesos muy recientes, preparados por ei opresor comun de ambos pueblos, parecían necesitar á los dos á un conflicto lamentable,y la discordia ajitaba ya sus teas entre bs filas de uno y otro ejército. En medio de esta situación hostil, aplaudiréis sin duda que ningún seto de imprudente ardor haya estallado en nuestras fronteras: y que es ejército distinguido por su moral haya esperado paciente las decisiones de la políca y de la justicia pronunciadas por el órgano legal, para lanzarse al combate; y que no menos virtuoso y moderado que valiente, haya recibido con resignación el anuncio de paz que lo ha desarmado. Tres mil soldados han desaparecido ya de sus filas, y su arreglo es hoy el objeto de los pensamientos del Gobierno. Esa paz con Bolivia q' en medio del entusiasmo y del júbilo celebra hoi la Na¬ ción, es el fruto de una negociación pro¬ longada, q' ninguna especie de debilidad condujo ciertamente, sino la prevision, la moderación y la justicia. El- Gobierno del Perú ha ajustado la paz con el de Bolivia, siguiendo el espíritu de las reglas que le disteis para conservar intacto el honor na-

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cional: y ya tengo el placer inefable de anunciaros que nos han sido devueltos del modo mas solemne los mismos estandartes que el tirano depositara en su patria como trofeos perdurables de su ominosa usurpacion. Bajo los auspicios de la paz externa é interna, os habeis reunido para proclamar al primer Majistrado de la Nacion. Esta se encuentra dirijida por el influjo bienhechor de vuestros consejos, en estado de recibir todas las mejoras materiales y morales marchando por el ancho sendero de sus destinos, y coronada con la doble aureola de la justicia y la gloria. Señalad á aquel á quien su voto omnipotente haya elejido. ¡Que él sea capaz de hacer dichoso al pueblo peruano, y que al trazar el cuadro de la República á la representacion Nacional el año venidero, pueda pre sentarla grande, poderosa y aun mas digna del respeto universal! Lima á 7 de Julio de 1840. -- AGUSTIN GAMARRA.

EL Sr. Presidente del Congreso le contestó en los términos siguientes. Jeneral Presidente.

El cuadro que habeis trazado de la situacion de la República es el presajio de su prosperidad y la recompensa mas querida del Congreso. La paz que habeis ajustado con Bolivia ha sido embellecida con el placer de la sorpresa. Cuando en todo el territorio de la República no se oia mas que el estrépito de las armas, y la organizacion y movimiento de los cuerpos del ejercito anunciaban una guerra inevitable, haceis saber á los pueblos estar restablecida la concordia entre el Perú y Bolivia y cumplidos votos de la Nacion que solo anhela gozar de las dulzuras de la paz. A nombre de ellos os felicito por haberla obtenido sin mengua de nuestra gloria y sin el costo de la sangre que se vertiera en los campos de batalla. Pero no basta vivir en paz con los vecinos. Menester es libertad y órden para el progreso social y poner en actividad los resortes del bienestar comun é individual. Esta condicion moral está satisfecha por el Congresp en Huancayo. Reunido al otro

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lado de los Andes, rodeado de grandes privaciones, no ha tenido cada uno de sus honorables individuos mas que interrogar á su corazon en cada uno de las árduas cuestiones que se ofrecen en la organización politica de un Estado. Allí han encontrado escrita la respuesta por la mano inerrable de la amarga esperiencia porque ha pasado el Perú en largos años de revueltas y desastres hasta perder su existencia social, llevando en la innovacion de su nombre la marca ignominiosa de pertenecer al extranjero. No se repetirá ya esta escena deplorable ocacionada por la insuficiencia de la Carta para perpetuar el Gobierno en el caso de violar la confianza pública el encargado del Supremo Poder Ejecutivo. La unidad Nacional y el ejercicio permanente del poder lejitimo estan afianzados en el llamamiento provisorio de los Presidentes del Consejo de Estado á la Presidencia de la Republica del Consejo de Estado, censor de todos los funcionarios, órgano de las quejas de los particulares contra los abusos del poder, custodio inexorable de las leyes y escuela, digamoslo así, de los que han de subir á rejir interinamente la República, penetrados de los obstaculos que encuentran las leyes en su ejecucion, y de la necesidad de removerlos. El Congreso prosederá con severa imparcialidad, y respetando escrupulosamente las formas legales a la apertura y escrutinio de las actas de elecccion de Pressidente de la República por los colejios electorales de las provincias y desde ahora se promete que el designdao por su soberana voluntas será digno de ocupar tan elevado puesto. ----------------

RETORICA. Energia y armoní de las sentencias.

No basta que las sentencias tengan solo las calidades antes referidas pues por alguna sircunstancia poco favorable pueden conocer de aquella energía, ó vivazidad de impresion que hubiera producido una estructura mas feliz. La 1a. regla para dar energía, á una sentencia es limpiarla de toda palabara redundante. Todo lo que no añade al sentido,

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se lo quita. Obstat dice Quintiliano, quid non adjuvud. Lo mejor es dejar de espresar, todo lo que puede facilmente suplirse. Decir contento con merecer el triunfo rehusó "los honores" es mas enérgico que, "estando contento con merecer un triunfo, él rehusó el honor de el." Tambien deben limpiarse las sentencias de todo miembro que redunde, porque como cada palabra debe presentar una idea nueva, cada miembro debe contener un pensamiento nuevo.

2. Para dar energía á las sentencias se hade atender al uso de las particulas [copulativas], relativas y demas. Algunos multiplican sin necesidad las partículas demostrativas: otros omiten el relativo, cuando creen que sin el podrá entenderse el concepto; pero si este estilo elíptico es tolerable en la conversacion y en las cartas; hace mal efecto en los escritos de importancia -- Por lo que hace á las copulativas debe observarse 1. que debilitan el estilo repetidas sin necesidad: 2. que aunque su uso natural sea juntar los objetos; sin embargo abandonando á veces la conjuncion señalamos en efecto una conexion mas estrecha, haciendo que se sucedan mas rápidamente los objetos. Veni, vidi, vici, espresa con mas espírity las rapides de la conquista de Cezar, que si se hubiese usado de las particulas copulativas. "Acude, corre, vuela. Traspasa el alta sierra; ocupa el llano; No perdones la espuela: No de paz á la mano: Menea fulminando el hierro insano. Fr. Luis de Leon, en la profecí del Tajo. 3a. Las palabras capitales se pondrán en el lugar donde hagan mayor impresion. Es verdad que no puede darse regla fija, sobre si la harán mejor al principio, el medio ó al fin, porque es preciso que varíe segun la naturaleza de la sentencia. 4a. Los miembros de la sentencia irán siempre en aumento, segun su importancia. Esta cordinacion se llama climax: y este es una belleza: porque en todas las cosas gustamos mas bien de ir ascendiendo á lo que es mas y mas bello, que de llebar a un orden retrogado. 5a. No concluirán las sentencias con un adverbio, ú otra palabra poco importante.

[right column] 6a. En los miembros de la sentencia, cuando se comparan ó contraponen dos cosas, se guardará alguna semejanza en el lenguaje: porque correspondiendose las cosas unas á otras, esperamos que tambien se correspondan las palabras, Pero se debe cuidar de no poner mucha atencion en esta belleza: porqur si se aspira siempre á esta construccion, se incurre en una desagradable uniformidad. La calidad ultima de las sentencias es su armonta ó agrado al oido. El sonido es una calidad, que aunque inferior á la significacion, no debe ser desatendida: pues siendo el vehiculo de la comunicacion de nuestras ideas, habra siempre muy estrecha conexion entre la idea comunicada, y la naturaleza del sonido que la comunica. Dos cosas hay que considerar en la armonia: el sonido agredable, en general; y el sonido espresivo de la significacion. Es evidente que la belleza de la cons¬ truction musical depende de dos cosas; de ia eleccion de las palabras, y de su co¬ locacion. Al oido son tnas agradables las palabras compuestas de sonidos blandos y liquidos, por una mescla bien hecha de vocales y consonantes, que las compuestas de muchas consonantes ásperas que se rocen unas con otras, ó de muchas voca¬ les seguidas, y demasiado abiertas; las cuales precisen á un hiatus ó abertura desagradable de la boca. Todo lo que es fácil y agradable á los órganos de la palabra, suena siempre al oido con gracia. Mientras vá caminando el periodo, cada miembro forma al fin un reposo: y estos deben estar distribuidos de modo, que faciliten la respiración; y caigan á tales distancias, que tengan entre si cierta proportion musical. El final ó cadencia de la sentencia, como la parte mas sensible al oido, pide todavia mayor cuidado. Señaladamente, cuando aspiramos á dar dignidad ó eleva¬ ción al asunto, debe ir creciendo el soni¬ do hasta lo ultimo, reservando para la conclucion los miembros mas largos del periodo, y las palabras mas llenas y sonoras. Las palabras compuestas por la ma¬ yor parte de silabas breves pocas veces concluyen una sentencia con armonia, á no ser que una tirada anterior de silabas largas las haya hecho agradables al oido. De mayor importancia y belleza es el

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sonido adaptable al sentido. El sonido ó modulación agradable general, es un mero acompañamiento: pero el sonido adaptado al sentido supone haberse dado á la armonía una esprecion particular. Dos son los grados de esta; la cuerda del sonido adaptado al tenor del discurso y la semejanza particular entre algún objeto, y los sonidos con que se describen.

DERECHO NATURAL De los tres respectos en que el hombre puede ser considerado en el estado natural, y de las obligaciones para con Dios y para con sus semejantes.

Todo en el mundo es una cadena continuada de relaciones: nada puede ecsistir sin tener dependencia ó enlace con todos los demas seres de la naturaleza; asi es que el hombre en el estado natural puede ser considerado con respecto á Dios con respecto á sus semejantes, y con respecto á las cosas. Con respecto á Dios porque tiene relacion con el; con respecto a sus semejantes porque tiene relaciones con ellos; y con respecto á las cosas porque tiene relaciones con ellas. -- El hombre tiene relaciones con Dios, por que es su criatura, porque ha recibido de el su ser, porque su razon es una parte aunque infinitamente pequeña, de su sa biduria infinitamente grande, y porque ha venido al mundo á llenar el fin á que lo ha destinado. -- Tiene relaciones con sus semejantes, porque depende de ellos, por que no puede vivir solo, porque en el estado solitario seria infeliz, no podría reproducirse, dejaria de ecsistir, y la tierra quedaria desierta -- Tiene relaciones con las cosas, porque tiene necesidad de ellas para ecsistir y ser feliz. De estas relaciones nacem, ó por mejor decir, son los vínculos que forman los derechos y las obligaciones. El hombre con respecto á Dios solo tiene obligaciones y no derechos. Tiene obligaciones, porque está en la necesidad de hacer todo lo que quiere su voluntad espresada en las leyes esternas que rijen el universo: pero no tiene derechos, por que seria el colmo del absurdo, que un ser que todo lo debe a Dios tubiese derecho a ecsijir algo del nada le debe.

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Con respecto á sus semejantes tiene derechos y obligaciones por las razones ya espresadas. Con respecto á las cosas, tiene derechos pero no obligaciones, Tienen derechos porque está facultado para ser¬ virse de ellas de un modo conveniente; pero no tiene obligaciones, porque tam¬ bién seria un absurdo suponer que un ente sencible y animado, tubiere obligacio¬ nes para con una cosa insencible é inani¬ mada. (I) A estas relaciones han dado chisto¬ samente los escritores del Derecho Natu ral el nombre de oficios, seguramente de la palabra latina oficium entretenimiento ó destino, poniendo la lengua en contradiccion consigo misma, y queriendo dar importancia á sus escritos con el misterio y la oscuridad de las palabras. También hasta estos tiempos se han enseñado en las escuelas de jurispruden¬ cia, las obligaciones para consigo mismo; pero esto ha sido efecto de la mala inte¬ ligencia del lenguaje, y de la falta de ecsactitud en el raciocinio. Dicen que el hombre tiene obligación de conservarse, de instruirse &. ¿Ño es esto confundir el derecho con la obligación, y hacer de dos cosas tan distintas y aun tan opuestas en¬ tre si, una sola cosa? Por que si la obli¬ gación de conservarnos, de instruirnos & no es lo mismo que el derecho de conser¬ varnos de instruirnos &; no se que pue¬ da ser. Ademas para que exista una ver¬ dadera obligación, es necesario suponer dos individuos á lo menos; el obligado y aquel á quien este deba dar alguna cosa ó prestar aigun servicio. Si el obligado se niega á cumplir su obligacion, aquel á quien esta es favorable, tiene derecho á forzarle al cumplimiento de ella. ¿Y no seria una cosa muy ridicula decir, que si yo no quisiera desempeñar la obligación de comer tendria derecho para forzarme ã mi mismo á comer? Las obligaciones pues para consigo mismo, son un sueño de los escritores del Derecho Natural; pues el hombre para consigo mismo no tiene sine derecho. --------------------------------------------------------------------- (1) Hemos dicho en el número anterior, que derecho y obligacion eran dos terminos correlativos ninguno de los cuales podia ecsitir sin el otro; pero esto se hade entender en igualdad de circumstancias. ----------------------------------------------------------------------- Imprenta del Gobierno por J. M. Arias,

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