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Digitizing Peru's Print Revolution at Jul 22, 2022 08:27 PM

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226

ahora, debemos alejar hasta la idea de ese tremendo
fallo. Se me dira acaso que esta ley es especial
para Presidente y Ministros, pero la respuesta la
da el articulo 160 de nuestra Constitucion, por el
que todos los peruanos son iguales ante la ley, ya
premie ya castigue, y no habria esta igualdad si
por el mismo delito se condenase a unos a muerte
y a otros no. Chocaria esto con la mas escasa
razon, veriamos a un ministro capitaneando una
revolucion sin que se le condenase a muerte y al
eapitaneado en el patibulo; esta idea derrocaria la
sociedad: y haria formar de nuestra lejislacion el
mas triste concepto.

Teneis, Sr. Exmo. desmenuzado el proceso: no
hay en el, cuerpo de delito, y por consiguiente no
puede juzgarse conforme al articulo 13 tituto 5.*
tratado 8.* de la ordenanza del ejercito: no hay
prueba clara y concluyente, y no puede imponerse
pena ordinaria, segun el articulo 55 titulo 5.*
tratado 8.*: el conato o proyecto, aunque estuvie-
se probado, no merece pena por el articulo 11 del
Supremo decreto de 7 de Abril de 836: aunque la
revolucion se hubiese efectuado, no tenia ella nin-
guno de los tres objetos a que impone pena de
muerte el articulo 24 de la ley de 17 de Junio de
834: hagamos una publica justicia, ningun perua-
no ha pensado vender su pais al estranjero, no es
ni ha sido el proyecto de revolucion, a favor del
tirano Santa Cruz, (murmullo de aplausos) seria es-
to mas sensible y degradante que la revolucion
misma, y si asi fuese, os juro que no elevaria mis
preces a este venerando Consejo, recordad, Señor,
las ocurrencias del año de 835 santificadas en Huan-
cayo en 839:--(susurro largo) que se ha dado a la
locura de cuatro individuos el aparato que no se ha
merecido: no olvideis, Señor, os lo ruego la absolu-
cion de Perez, y la justa indemnizacion a Vidal y
a Litardo: dad este nuevo testimonio sobre los mu-
chos que teneis dados de vuestra imparcialidad y
justificacion: de vuestros sacrosantos labios estan
pendientes unos infelices calumniados, las familias
y amigos de estos, y el pueblo todo a quien veis
reunido en masa; (alegria jeneral) despreciad la
calumnia, atended la justicia, haceos merecedores
de las bendiciones de todos, como asi os lo dice
el proceso, y yo rendidamente lo suplico. (aplausos
repetidos y jenerales).
(Del Comercio numero 678.)

ESTERIOR.

ESPAñA.

Por noticias que dan los diarios de
Inglaterra se sabe haber triunfado en
España el partido de la regencia uni-
taria y que el 10 de Mayo el Duque de
la Victoria habia jurado el cargo de
Regente del reyno con la debida solem-
nidad ante las Cortes a quienes hablo
en estos terminos, "La vida de todo
ciudadano pertenece a la patria; la na-
cion quiere que yo continue consagran-
do la mia en su servicio y yo protes-
to desempeñar tan sagrado deber. Me
prometo defender la Constitucion y las
leyes españolas, la independencia y tro-
no de nuestra soberana augusta S. M.
Isabel II. Siempre pelee en el campo de
Marte por la causa de la libertad, co-

mo el ultimo soldado, y ahora que me
hallo investido con el mayor poder del
reyno, juro ser el primero en obede-
cer sus leyes y hacer que se respeten.
Para llenar estas miras cuento sobre to-
do con la cooperacion de los dignos re-
presentantes del pueblo y con un go-
bierno fuerte, firme, independiente dig-
no de la nacion. Promover la prospe-
ridad del reyno y elevarlo al rango que
merece tener en Europa, este sera el
objeto constante de mis operaciones."
El Sr. Arguelles como presidente de
la asamblea le contesto, que los senti-
mientos que habia espresado S.A. Se-
renisima llenaban de satisfaccion a los
representantes de la nacion española
los que creian sinceramente ver reali-
zadas sus promezas. Se asegura que
los individuos que debian formar el nue-
vo gabinete eran los SS. Gonzalez, In-
fantas, Cortina, Luzurriaga, Jimenes, Pi-
ta Pizarro y Olazaga. Que la regen-
cia duraria tres años, ocho meses pe-
riodo en el cual llegaria la Reyna a su
mayoria por ser catorce años la edad
que para ello han decretado las Cor-
tes. Que los Carlistas se preparaban
desde Francia a invadir nuevamente a
España bajo las ordenes de Tristan y
Villalenga quien estaba alistando hom-
bres en la frontera.

ESTADOS UNIDOS.

Segun cartas de nueva York se
piensa seriamente en la realizacion del
gran proyecto de cortar el Istmo de
Panama, uniendo por medio de un ca-
nal navegable el Atlantico y el Pacifi-
co. Esta obra colosal se egecutara por
una compañia de capitalistas franceses,
bajo la direccion del ingeniero M. Mo-
ral. Estan ya reunidos los fondos y se
va a dar principio a los trabajos.
(Del Comercio num. 693.)

AVISO OFICIAL,

El Señor Sub-prefecto que fue de
Canas D. Domingo Farfan ha chance-
lado en 21 de Agosto el semestre ul-
timo de San Juan del año corriente.
Nos es muy satisfactorio ponerlo en no-
ticia del publico a quien esclusivamen-
te toca hacer el juicio que merece la
conducta de un funcionario que acaba
de dar una prueba perentoria de hon-
radez en la recaudacion y manejo de
los intereses fiscales que le confio la
nacion.

IMPRENTA DEL GOBIERNO POR P. E. GONZALEZ.

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ahora, debemos alejar hasta la idea de ese tremendo
fallo. Se me dira acaso que esta ley es especial
para Presidente y Ministros, pero la respuesta la
da el articulo 160 de nuestra Constitucion, por el
que todos los peruanos son iguales ante la ley, ya
premie ya castigue, y no habria esta igualdad si
por el mismo delito se condenase a unos a muerte
y a otros no. Chocaria esto con la mas escasa
razon, veriamos a un ministro capitaneando una
revolucion sin que se le condenase a muerte y al
eapitaneado en el patibulo; esta idea derrocaria la
sociedad: y haria formar de nuestra lejislacion el
mas triste concepto.

Teneis, Sr. Exmo. desmenuzado el proceso: no
hay en el, cuerpo de delito, y por consiguiente no
puede juzgarse conforme al articulo 13 tituto 5.*
tratado 8.* de la ordenanza del ejercito: no hay
prueba clara y concluyente, y no puede imponerse
pena ordinaria, segun el articulo 55 titulo 5.*
tratado 8.*: el conato o proyecto, aunque estuvie-
se probado, no merece pena por el articulo 11 del
Supremo decreto de 7 de Abril de 836: aunque la
revolucion se hubiese efectuado, no tenia ella nin-
guno de los tres objetos a que impone pena de
muerte el articulo 24 de la ley de 17 de Junio de
834: hagamos una publica justicia, ningun perua-
no ha pensado vender su pais al estranjero, no es
ni ha sido el proyecto de revolucion, a favor del
tirano Santa Cruz, (murmullo de aplausos) seria es-
to mas sensible y degradante que la revolucion
misma, y si asi fuese, os juro que no elevaria mis
preces a este venerando Consejo, recordad, Señor,
las ocurrencias del año de 835 santificadas en Huan-
cayo en 839:--(susurro largo) que se ha dado a la
locura de cuatro individuos el aparato que no se ha
merecido: no olvideis, Señor, os lo ruego la absolu-
cion de Perez, y la justa indemnizacion a Vidal y
a Litardo: dad este nuevo testimonio sobre los mu-
chos que teneis dados de vuestra imparcialidad y
justificacion: de vuestros sacrosantos labios estan
pendientes unos infelices calumniados, las familias
y amigos de estos, y el pueblo todo a quien veis
reunido en masa; (alegria jeneral) despreciad la
calumnia, atended la justicia, haceos merecedores
de las bendiciones de todos, como asi os lo dice
el proceso, y yo rendidamente lo suplico. (aplausos
repetidos y jenerales).
(Del Comercio numero 678.)

ESTERIOR.

ESPAñA.

Por noticias que dan los diarios de
Inglaterra se sabe haber triunfado en
España el partido de la regencia uni-
taria y que el 10 de Mayo el Duque de
la Victoria habia jurado el cargo de
Regente del reyno con la debida solem-
nidad ante las Cortes a quienes hablo
en estos terminos, "La vida de todo
ciudadano pertenece a la patria; la na-
cion quiere que yo continue consagran-
do la mia en su servicio y yo protes-
to desempeñar tan sagrado deber. Me
prometo defender la Constitucion y las
leyes españolas, la independencia y tro-
no de nuestra soberana augusta S. M.
Isabel II. Siempre pelee en el campo de
Marte por la causa de la libertad, co-

mo el ultimo soldado, y ahora que me
hallo investido con el mayor poder del
reyno, juro ser el primero en obede-
cer sus leyes y hacer que se respeten.
Para llenar estas miras cuento sobre to-
do con la cooperacion de los dignos re-
presentantes del pueblo y con un go-
bierno fuerte, firme, independiente dig-
no de la nacion. Promover la prospe-
ridad del reyno y elevarlo al rango que
merece tener en Europa, este sera el
objeto constante de mis operaciones."
El Sr. Arguelles como presidente de
la asamblea le contesto, que los senti-
mientos que habia espresado S.A. Se-
renisima llenaban de satisfaccion a los
representantes de la nacion española
los que creian sinceramente ver reali-
zadas sus promezas. Se asegura que
los individuos que debian formar el nue-
vo gabinete eran los SS. Gonzalez, In-
fantas, Cortina, Luzurriaga, Jimenes, Pi-
ta Pizarro y Olazaga. Que la regen-
cia duraria tres años, ocho meses pe-
riodo en el cual llegaria la Reyna a su
mayoria por ser catorce años la edad
que para ello han decretado las Cor-
tes. Que los Carlistas se preparaban
desde Francia a invadir nuevamente a
España bajo las ordenes de Tristan y
Villalenga quien estaba alistando hom-
bres en la frontera.

ESTADOS UNIDOS.

Segun cartas de nueva York se
piensa seriamente en la realizacion del
gran proyecto de cortar el Istmo de
Panama, uniendo por medio de un ca-
nal navegable el Atlantico y el Pacifi-
co. Esta obra colosal se egecutara por
una compañia de capitalistas franceses,
bajo la direccion del ingeniero M. Mo-
ral. Estan ya reunidos los fondos y se
va a dar principio a los trabajos.
(Del Comercio num. 693.)

AVISO OFICIAL,

El Señor Sub-prefecto que fue de
Canas D. Domingo Farfan ha chance-
lado en 21 de Agosto el semestre ul-
timo de San Juan del año corriente.
Nos es muy satisfactorio ponerlo en no-
ticia del publico a quien esclusivamen-
te toca hacer el juicio que merece la
conducta de un funcionario que acaba
de dar una prueba perentoria de hon-
radez en la recaudacion y manejo de
los intereses fiscales que le confio la
nacion.

IMPRENTA DEL GOBIERNO POR P. E. GONZALEZ.