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Numero 275 1766 Will April 24 Francisco Xavier Fragoso Santa Fe

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{Center} Año de 1776 {left margin} 28 Memoria testamentaria del soldado Francisco Javier Fragoso. {left margin} Numero 924

En el nombre de Dios todo poderoso amen

Sepan todos los que esta escriptura bieren como yo Francisco Xavier Fragoso vesino de esta Villa de Santa Fee reyno de la Nueva Mexico y soldado de este real presidio hijo lejitimo de don Domingo Fragoso defunto y de Beatris de Hijar como allandome enfermo en cama pero en mi entero juicio memoria y entendimiento tal cual Dios a sido servido concederme confieso que creo fiel y chatolicamente en el misterio de la Santisima Trinidad Padre Hijo y Espiritu Santo tres personas distintas y un solo Dios verd[*a]- dero y en todo la demas que cre[*e] y confiesa la santa madre yglesia chatolica apostolica romana bajo de cuya fee y creencia protesto vivir y morir como fiel chatolico y esperando como firmemente espero de bondad divina que sin atender a mis culpas a de salvar mi alma por los meritos ynfinitos de nuestro Señor Jesuchristo y la poderosa yntersesion de la santisima siempre Virgen Maria los santos apostoles San Pedro y San Pablo el santo angel de mi guarda patron mio San Francisco Xavier santos devotos mios y demas santos y santas de la corte del cielo cuyo patrosinio ynploro con la ynbocacion divina hago y ordeno mi testamento y ultima voluntad en la siguiente forma primeramente encomiendo y mando mi alma a Dios nuestro Señor que la crio y redimio y mi cuerpo a la tierra de que fue formado el qual es mi voluntad sea amortajado con el abito de nuestro padre San Francisco que pido por amor de Dios y que sea sepultado en la yglesia parroquial de esta villa al entrar de la puerta del cancel con ofisios de defunto yten mando a las mandas forsosas a cuatro reales cada una cuya limosna la separo y aparto de mis vienes yten declaro cer casado y velado segun el orden de nuestra santa madre yglesia con Maria Francisca de Alari dies años poco mas o menos de cuyo matrimonio hubimos y procreamos tres hijos Joseph Manuel y Maria Josepha de la Luz y Maria Antonia Dolores yten declaro por mis vienes la casa de mi morada que se conpone de cuatro cuartos con uno caido y un pedaso de tierra que esta en la otra vanda del Rio Bajo de la casa de Phelipe Apo-

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daca que se componen [*de] siento y sesenta y seys varas de largo y de ancho sesenta y dos y es mi voluntad que se le quede a mi espossa que use de ello en compañia de mis hijos yten todos los vienes de ajuar de casa son de mi esposa yten declaro tener todas armas de soldado que se componen de escopeta pistolas espada lan[ç]a quera y tali adarga y bolsas de municiones y cartuchera y la manga yten declaro tener yna silla nueva con todo su apero yten declaro tener freno y espuelas todo esto usual y en corriente yten delcaro tener sinco cavallos con uno que esta en poder de Lugardo y una bestia mular yten declaro que me deve Antonio Solano la cantidad de siento y ochenta pesos de la cassa que le vendi yten declaro deverme don Carlos Fernandez el valor de quinse cabras con leche que me ase de cargo yten declaro deverme tambien dicho don Carlos tres varas de burato y de saya saya lo que dijere haverme dado en aquella ocacion lo que juro por el paso en que estoy no haver resevido yten declaro deverme Mateo Varela el del Passo una botija de aguardiente yten declaro deverme Vicente Armijo un barril el qual es de mi compadre Thoribio Ortis yten declaro deverme Juaquin Gaona un freno yten declaro dever a Nuestra Señora de la Luz el asiento mio y de mi mujer y lo que a corrido de el asiento aca yten declaro dever al padre Quintana treynta y cuatro pesos es a saver de una burrita y una fanega de trigo yten declaro dever al padre vicario una misa con mas la molienda que su merced tubiere asentada yten declaro dever cuatro terneras a Antonio Armijo yten declaro deverle a un yndio peco un beserro de año yten mas dever a mi comadre Antonia Teresa una beserra yten mas dever a Juan Phelipe Rivera ocho pesos y a su hijo Joseph Rivera ocho pesos de dos bestias mulares que les flete para El Passo yten declaro tener dos caballos que le habia comprado a don Clemente los quales si Dios se acuerda de mi se le debuelban yten declaro dever a Miguel Romero un calsado yten declaro dever el dinero que se compone del que dijeren mis compañeros de un beserro que nos comimos en la caballadita yten declaro deverle a la yndia de Juan Benavides dies pesos yten declaro deverle beynte pesos a Ysidora mujer de Santiago Saes yten delcaro deverle a don Joseph Moreno cuatro pesos de todo esto mando se pague con lo que se cobrare de estas dependiencias que se me deven yten mas declaro deverle a don Joseph Garcia trese carneros puestos alla y de no beynte y seys aqui yten mas dever a Juan Miguel del Castillo once carneros aqui

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yten digo que es mi ultima voluntad que este mi testamento sea balido y si acasso le faltare alguna sircunstancia no se anule por ella y dejo por mis alvaseas y testamentarios a mis esposa y a mi compadre Pablo Sandobal y a mi compadre Joseph Miguel de la Peña para que estos cunplan con lo que llevo dicho y declarado y por ser asi mi voluntad lo firme con los testigos que presentes se allaron en beynte y quatro dias del mes de abril de este presente año de mil setesientos sesenta y seys en presencia del theniente don Thomas Madrid y el alferes don Francisco Esquivel de este real presidio siendo testigos Joseph Mares Antonio Solano quienes lo firmaron con los dichos ofisiales. Francisco Fragoso {rubric} Thomas Madrid {rubric} Joseph Mares {rubric} Francisco Esquibel {rubric} Antonio Solano {rubric}

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