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REDACTOR PERUANA.
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Se publica Miércoles y Sábado de cada semana.
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(Tom. 5.°) LIMA, SABADO 16 DE JULIO DE 1836. (Num. 5)
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PARTE OFICIAI.
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Legación de Chile- Lima julio 13 de 1836.
Señor.
El infrascrito encargado de negocios de Chile con-
sidera de su deber llamarla atención del señor jeneral
D. Trinidad Moran encargado de las relaciones esterio-
res, sóbre la escandalosa fuga de los refujiados chilenos
en esta capital, con el objeto de marchar ã Chile a tras-
tornar el orden de aquel pais—Habiendo manifestado el
señor jeneral Moran al infrascrito en su apreciadle nota
del 9 lo sensible que ha sido al gobierno peruano esta
ocurrencia, y la resolución de no permitir quede su ter-
ritorio se le lleve la discordia, considera el infrascrito,
que nada podiia ser tan satisfactorio al gobierno de Chi-
le, en prueba de los nobles sentimientos del peruano, co-
mo ver que se tomaban aqui providencias activas, à fin
de descubrir à los cómplices de aquel horrible atentado,
y aplicarles la pena que merecen—La voz publica seña-
la à muchos individuos que han tenido en el una parte
muy activa; y un castigo ejemplar en ellos, haria mas
notoria la justificación del gobierno de esta república, al
paso que evitaria que mañana pudieran repetirse críme-
nes semejantes—Si el gobierno del Peru tiene à bien
mandar levantar un sumario, contra todas las personas
que hayan sido complices en el atentado de la espedieion
contra Chile, habrá dado con tal conducta, la señal mas
clásica de su franqueza, lealtad y consideración acia esa
república.
No parecerà estraña ciertamente esta solicitud de
parte del infrascrito, si se tiene presente S mas de otras
muchas consideraciones, la conducta que en un caso pa-
recido, observó el justificado gobierno de Bolivia, no ha-
ce mucho tiempo, en la fuga de un jeneral que salió de su
territorio para ir à hacer la guerra à las provincias arjen-
tinas—El gobierno de Bolivia, espontaneamente dictó
providencias enèrjicas, para juzgar y castigar à los que
hubiesen protejido, la evasion de dicho jeneral; y no se
dirá ciertamente que en este acto de justicia procedió con
lijereza, sino conducido, por los principios de razón, de
equidad y de respeto ã sus vecinos, que forman la base
de su ilustrada politica. Muchas circunstancias se encuen-
tran en la fuga de los chilenos de esta capital, que ele-
van a un grado mucho mas alto el crimen que han co-
metido, con respecto al perpetrado en Bolivia, por el je-
neral arjentino D. Javier Lopez. Este, según las comu-
nicaciones oficiales que se han publicado, verificó su
evasion acompañado solamente de unos cuantos compa-
ñeros; pero no se ha dicho que hubiese juntado en el
territorio donde estaba asilado los elementos de guerra
con que los facciosos chilenos han salido del Perú.
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No cree el infrascrito que el señor jeneral á quien
tiene el honor de dirijirse, pretenda que anadie puede
castigar por un delito que tal vez no se ha cometido, aun-
que haya sido intentado, pues es notorio el objeto que
llevan los chilenos que han marchado en el Monteagudo
y jeneral Orbegoso. Que se tomen las medidas necesarias
para asegurar â todos los que les hayan ayudado en su
empresa, y el castigo sera aplicado, cuando el gobierno
peruano reciba pruebas indudables de la invasion ama-
no armada que han hecho sobre Chile.
Asi lo espera el infrascrito; y tiene entretanto la
honra de reproducir al señor jeneral Moran los sentimien-
tos de aprecio y respeto con que se suscribe su muy aten-
to servidor—Ventura Lavalle.
Al señor jeneral D. Trinidad Moran jefe superior
militar de este departamento y encargado de las relacio-
nes esteriores.
Lima julio 14 de 1836.—-Señor.
Consecuente el infrascrito à los sentimientos y prin-
cipios de su gobierno, y à los que tubo el honor de ma-
nifestar al señor cónsul jeneral de Chile en su nota del
dia 9 no se detendria en mandar formar la respectiva
causa para descubrir los autores y cómplices,a quienes
según el señor cónsul la voz pública señala, del proyecto
con que se dice han salido los emigrados para volver à
Chile, si le fuesen indicadas algunas personas como com-
prendidas en esta empresa. Mas desgraciadamente has-
ta ahora no se ha nombrado al infrascrito una sola de
aquellas, ni entre los rumores que corren en la capital,
se menciona à persona alguna que haya coadyuva-
do à proporcionar ausilios de ningún jenero para llevar
la guerra á su pais. Ignorando pues el infrascrito quie-
nes sean los que han tenido parte en este plan, no tiene
reos contra quienes mandar formar la causa, y siendo
estos las partes constitutivas del juicio, nada se avanza-
ria con esta medida si no se sabe antes, contra quienes
debe proceder bajo de datos seguros para poner los à dis-
posición del tribunal competente.
Para que el señor cónsul se penetre de la justifica-
ción que anima en sus deliberaciones al gobierno del Pe-
rú, y de que en efecto desearia el infrascrito tomar me-
didas contra los causantes del hecho de que se trata, se
permite asegurar al señor cónsul que solo aguarda se le
nombre á algún individuo que haya tenido parte en fa-
vorecer la empresa de los emigrados para que se le forme
el correspondiente juicio, considerándose en tal caso com-
plices los que hayan facilitado elementos de guerra con
conocimiento del objeto, en que se iban ã emplear y de
ningún modo comprendidos los comerciantes residentes
en esta ciudad y en la del Callao que tienen un jiro co-
nocido de todos estos artículos marítimos y terrestres, y à
quienes el gobierno tiene garantida su industria, y se la
permite ejercer libremente con toda la seguridad que go-
za todo hombre pacífico y laborioso. Proceder de otra
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