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REDACTOR PERUANO.
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Se publica Miércoles y Sábado de cada semana.
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(Tom. 3.°) LIMA, MIERCOLES 7 DE ENERO DE 1835. (Num. 2.)
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PARTE OFICIAL.
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MINISTERIO DE GUERRA.
Casa del gobierno en Lima â 31 de di-
ciembre de l834.
Señor secretario del consejo de estado.
Señor secretario
El jeneral D. Antonio Gutierrez de la Fuen-
te ha llegado á la bahía del Callao á bordo
del bergantín Sardo Carolina, y reclama se re-
voque la orden por la que se le prohibe de-
sembarcar é ingresar en el territorio de la re-
publica, según la nota adjunta número 1. El
gobierno penetrado de un vivo interes por la
suerte poco favorable del jeneral reclamante,
habría deseado poder acceder á su demanda
sin ecsitacion, pero desgraciadamente, razones
poderosas de que no le es dado desentenderse,
le obligan á trepidar, y en tal caso cree de
su deber escuchar el voto del consejo de es-
tado, por lo que tengo la honra de presentar
este importante negocio bajo sus diversos as-
pectos, y con los documentos respectivos. Cuan-
do preso en un torreón como conspirador el
jeneral La-Fuente invocó ante la convención
nacional el apoyo de las leyes para ser juzgado,
ese poder soberano declaró sin lugar dieha re-
presentación, remitiéndola para que obrase los
ejectos convenientes al ejecutivo, investido en-
tonces de facultades estraordinarias [documen-
to número 2] y cuando éste en la razón moti-
lada que presentó, dio cuenta de la medida
que creyó conveniente adoptare la espatriacion
sin designación de término, la misma conven-
cion ese mismo poder soberano, resolvió se di-
jese al ejecutivo [cuando habia cesado ya la
autorización estruordinaria], quedaba enterada
de los motivos que dirijteron su conducta pú-
blica en el uso de facultades estraordinarias-
que se archive la memoria presentada (núme-
ro 3); deduciéndose de aquí, que la convención
nacional dio por concluido el ecsamen sobre
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facultades que se sometían á su juicio, que
aprobó (ni podia hacer lo contrario) el uso que
de ellas se habia hecho, y por consiguiente
la espatriacion del jeneral La-Fuente que de-
jó subsistir en su duración indefinida; puesto que
ni suspendió, ni la limito siquiera: Condición
dura es verdad, pero que parece llevar sobre
si el sello de lejitimidad que imprime el ejer-
cicio de una autoridad sin límites, santificado
por la única é incontrastable sanción que re-
conoce el Perú, la soberania del pueblo en
sus representantes; mas la convención nacio-
nal, aprobando la conducta del autorizado es-
traordinariamente ¿ha dado á todos los actos
que de esta hayan emanado el caracter de per-
petuidad? Jurada la carta, restablecido el or-
den legal. ¿subsistirá una medida dictada en
circunstancias de conflicto y por una autoridad
omnipotente, hoy que el ciudadano reconoce
garantias? Verdad es que la tranquilidad públi-
ca aun no está asegurada. No ha muchos dias
que el pueblo celoso de la respetabilidad que
merecen la memoria de la convención nacio-
nal y las instituciones, creyó, que el jeneral La-
Fuente ajando la primera, se habia introduci-
do en la capital é intentaba subertir las segun-
das, y con ellas la tranquilidad publica. Es-
ta creencia es aun mas fundada en el dia en
que el espresado jeneral aparece saliendo de
Guayaquil donde estaba confinado, sin permiso
ni conocimiento del consul peruano en esa ciu-
dad y empleando la reserva que inspira la des-
confianza (numero 4): y llegando á la bahia del
Callao desapareció sin previa licencia del bu-
que en que vino, según aparece del aviso da-
do por el comandante jeneral de marina ( nú-
mero 5). En el primer caso, ha quebrantado
las órdenes del consulado; en el segundo las
del gobierno, y ha acreditado fuera de la repúbli-
ca y en ella misma su absoluto desconocimiento
de la autoridad que la preside. Si entonces
fueron necesarios suma prudencia y todo el
ascendiente del gobierno para aquietar los áni-
mos, y evitar la renovación de un 28 de enero.
¿Se provocaria hoy ese furor popular presen-
tando en las calles de Lima en la persona del
jeneral La-Fuente un reto, á que responderían
la sangre y los horrores? Mas si la ley no le re-
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